Cuando se realiza la compraventa de un coche de segunda mano hay que realizar el cambio de titularidad del vehículo, lo que popularmente se conoce como cambio de nombre del coche. Es un proceso en el que deben intervenir ambas partes, el comprador y el vendedor, y que se hará en la jefatura de Tráfico correspondiente. Cuando el vendedor es un compraventa, suele ocuparse de casi todos los trámites pero cuando la operación se realiza entre particulares ambos tenéis que cumplir con vuestras obligaciones. Es recomendable conocer los diferentes trámites del hogar para que hacer todo de forma legal.
Documentación para el cambio de nombre
Lo primero de todo será reunir la documentación que nos exige la DGT, y que incluye el Impreso de Solicitud de Cambio de Titularidad, que se puede descargar en la propia web de la DGT; el pago de las tasas, 53,40€ para todos los vehículos salvo los ciclomotores, que solo pagan 26,70€; y los DNI del comprador y el vendedor. El cambio de nombre suele hacerlo el comprador, así que basta con que presente una fotocopia del DNI del vendedor si antes ha presentado la notificación de venta. Si no es así, también te pedirán el permiso de circulación del vehículo.
Qué debe hacer el vendedor
Hasta que no tenga en su mano el contrato de compraventa original (si lo vende a un particular) o la factura (si lo hace a un compraventa) no debería entregar el coche. Junto a este documento clave en la operación debe solicitar una fotocopia del DNI, tarjeta de residencia o CIF, que también aparecerá en el contrato. También debe asegurarse de que aparecen la fecha, hora y minutos en que se realiza la compraventa para evitar multas. En caso de duda, puedes saber cómo consultar si tienes multas de tráfico para que no te pille desprevenido.
Qué debe hacer el comprador
Por su parte, el comprador tendrá que inscribir el vehículo a su nombre en el Registro de Vehículos de la DGT. Si el vendedor es un particular, deberías solicitar una copia del contrato, la fotocopia del DNI, toda la documentación (tarjeta ITV, permiso de circulación, último recibo del impuesto de circulación) y la solicitud del cambio de titularidad firmada por ambos. En caso de realizar la operación con un compraventa, este te entregará la tarjeta ITV y el permiso de circulación del vehículo ya a tu nombre.
Pero antes de acudir a Tráfico tendrás que ir a Hacienda donde presentarás toda esta documentación y pagarás el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620). En Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Catalunya, Islas Baleares, Madrid y Región de Murcia puedes hacer este trámite online, y recibirás el Código Electrónico de Transferencias (CET). Ahora sí, pide cita previa en Tráfico y acude a la Jefatura Provincial de Tráfico con el CET o justificante de pago del modelo 620 y el resto de la documentación para proceder al cambio de nombre.
Como comprador que eres, debes acordar un plazo de unos 15 días para remitirle al vendedor una copia del permiso de circulación donde se indique que ya se ha producido el cambio de nombre del vehículo. En caso de no hacerlo, el vendedor tendrá que acudir a Tráfico y comunicar que ha vendido el vehículo. Para ello tendrá que presentar el impreso del Trámite de notificación de venta junto a una copia del contrato de compraventa, una fotocopia del DNI del comprador y abonar una tasa de 8,30€.
En el momento que tengas el coche y los papeles bien realizados, es momento de poner la puesta a punto de tu coche. Para ello, conoce los mejores consejos sobre como renovar tu coche y que parezca un coche nuevo.
Cambiar la titularidad de un vehículo es un trámite bastante sencillo, aunque como siempre que aparecen cuestiones burocráticas es importante armarse de paciencia. Siempre que acudas a la DGT recuerda solicitar antes cita previa, ya que es un trámite imprescindible para realizar cualquier gestión en Tráfico. Sin ella, no podrás proceder al cambio de nombre de tu nuevo coche.
Si vas a vender o comprar un coche es recomendable que utilices un contrato de compraventa de vehículos usados entre particulares para tener una garantía legal en caso de que se produzcan problemas en el futuro.